La desigualdad en el mundo del trabajo y los riesgos laborales

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El 24 de febrero se conmemoró el día de la mujer paraguaya y se enfatizó en varios datos reveladores de las situaciones que atraviesan las mujeres en distintos ámbitos de nuestra sociedad, ya sea en el ámbito doméstico, laboral, político, económico entre otros. Si bien las discriminaciones basadas en el género tienen gran incidencia en la vida de las personas, tanto en mujeres como hombres, la peor parte se la llevan las mujeres.

Una desigualdad en el ámbito doméstico que tiene como una de sus consecuencias alejar a las mujeres del mercado laboral formal es la desigualdad del uso del tiempo dedicado al trabajo no remunerado, las mujeres destinan en promedio 28,7 horas y los hombres 12,9 horas semanales[1]. Es decir, las mujeres destinan más del doble de tiempo que los hombres en tareas como trabajo doméstico, cuidado a miembros del hogar, actividades de autoconsumo entre otras. Es importante recalcar que el hecho de que el trabajo no sea remunerado, no implica que no tenga valor económico, al contrario, este trabajo da soporte al trabajo formal, pues permite trabajar a otros miembros del hogar, sin embargo, no recibe el reconocimiento que merece. En algunos países se estima el valor y aporte económico del trabajo no remunerado, en España oscila alrededor del 40% del PIB[2].

En el ámbito laboral, las discriminaciones basadas en el género también tienen gran presencia, en este sentido como muestra las mujeres perciben en promedio 510.000 Gs. menos que los hombres[3].

Con estos 2 ejemplos lo que se pretende hacer notar es que las discriminaciones basadas en el género permean todos los ámbitos de la vida, por lo tanto, los riesgos laborales no están exentos de esas discriminaciones. De hecho, la exposición a los riesgos laborales está determinada en gran medida por la segregación de género en el trabajo remunerado. En la segregación horizontal los estereotipos y roles de género definen los ocupaciones y sectores feminizados o masculinizados, así por ejemplo los trabajos de limpieza, cuidados de personas, administrativos están ligados a las mujeres, y los trabajos de fuerza a los hombres.

Así, por ejemplo, las mujeres que se encuentran trabajando en actividades de limpieza estarán expuestas a riesgos por agentes químicos que se encuentran presentes en los productos de limpieza (detergentes, aerosoles, etc.), especial cuidado debe tenerse en situaciones de embarazo y lactancia. También, como se ha señalado anteriormente, las mujeres destinan mucho más tiempo al trabajo no remunerado y esto sumado al trabajo remunerado, da lugar a lo que se conoce como la “doble jornada”, las exigencias familiares y laborales a la que deben hacer frente las mujeres las ubican en una posición propensa a sufrir estrés, en este caso factores externos al ámbito laboral pueden potenciar las posibilidades de riesgos laborales. Si bien no es objeto de este blog, en este último supuesto las “políticas de igualdad” dentro de una empresa juegan un rol clave para para promover la corresponsabilidad.

Por otro lado, el acoso y el acoso sexual, si bien puede ser sufrido por mujeres y hombres, indudablemente en su mayoría son mujeres las víctimas, especialmente el acoso sexual tiene como fundamento la discriminación basada en género, esto se clasifica como riesgo psicosocial que debe ser abordada en el ámbito laboral.

En las mujeres, “los riesgos más frecuentes son los relacionados con posturas de trabajo inadecuadas, largas jornadas de pie, trabajos repetitivos y exposición a agentes químicos y biológicos”[4]

Por otro lado, los hombres también están expuestos a diversos riesgos como consecuencia de la segregación horizontal de género en el trabajo, especialmente a “los riesgos relacionados con la seguridad y la manipulación de objetos con un peso elevado”[5]

Resumiendo, los estereotipos, discriminaciones y roles basados en el género son determinantes en la exposición a determinados riesgos de las/os trabajadoras/es,  por este motivo las etapas de identificación, evaluación e implantación de las medidas preventivas deben incorporar esta perspectiva, así como las políticas preventivas de seguridad y salud en el trabajo.

 

Carlos Zárate Fleitas

Abogado, especialista en DDHH, Infancia y Adolescencia y Género.

Máster en Cooperación Internacional y Gestión de Políticas de Desarrollo (UIMP-España)

Máster en Estudios Interdisciplinares de Género (UAM-España)

Twiter @fleitas_enrique

 



[1]
Instituto Nacional de Estadísticas (ex DGEEC), “Encuesta sobre uso del tiempo 2016”  http://bit.ly/3kqh4hy

[2] Observatorio Social Fundación “la Caixa”,2019, “Cuanto vale el trabajo domestico en España” http://bit.ly/3bPJwpk

[3] Instituto Nacional de Estadísticas (ex DGEEC), “Encuesta permanente de hogares continua 2020” https://bit.ly/3aWtDOv

[4] Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, “Herramienta de Apoyo Nº10: salud y riesgos laborales con perspectiva de género” https://bit.ly/3bFlPzM

[5] Idem.

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